Por: Lic. Margarita Cruz López Román
Master en Derecho Fiscal
Lic. Gerson Galicia Velazquez
Según el INEGI, en años recientes los mexicanos tienden a casarse menos y a divorciarse más. En los últimos 5 años, la cantidad de divorcios aumentó un 48%. O sea, 28 de cada 100 matrimonios terminan en divorcio.
Desde la perspectiva sociológica, el divorcio constituye un fenómeno social y demográfico caracterizado por el incremento de las rupturas conyugales; particularmente por la formalización legal de la disolución conyugal.
Sin embargo, es necesario analizar dicho fenómeno en su doble dimensión.
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Desde el enfoque macrosocial el divorcio está relacionado entre otros factores, con el aumento de la escolaridad en la población, así como con los cambios ocurridos a nivel familiar, en especial, aquellos ligados al papel de las mujeres y los hijos, como la mayor incorporación de éstas al mercado laboral, la centralidad de la vida familiar en la pareja, mayor valor y atención hacia los hijos, mayor número de años de dependencia de estos últimos y un aumento de años en la duración de los matrimonios.
A nivel microsocial, el divorcio constituye un proceso de ruptura y transformación familiar, caracterizado por su heterogeneidad, mismo que conlleva principalmente a la formación de familias reconstruidas y de tipo monoparental.
El divorcio como proceso de transformación familiar
En el círculo familiar el divorcio constituye un proceso de ruptura y transformación, constituido principalmente por tres momentos:
- cuando uno de los miembros comienza a pensar en la separación,
- cuando ocurre la separación física de los cónyuges y
- cuando se formaliza legalmente la separación (Ribeiro y Cepeda, 1991).
Análisis del divorcio
En México existen dos tipos de divorcio: el judicial, que implica la realización de un juicio y, el administrativo que se realiza solamente ante el registro civil y requiere que ambos miembros sean mayores de edad y no hayan procreado hijos juntos, así como haber liquidado la sociedad conyugal y tener al menos un año de casados; a su vez y de tipo voluntario, el cual demanda el consentimiento de ambos cónyuges y la elaboración de un convenio en el que se acuerdan la repartición de bienes, así como la custodia de los hijos.
A la hora del divorcio
¿Cuál es la diferencia entre el matrimonio bajo el régimen patrimonial de sociedad conyugal y de separación de bienes?
Sociedad conyugal: Significa que todos los bienes que se hayan adquirido durante el matrimonio son de ambos, por lo que al momento del divorcio estos bienes se deberán de repartir entre los dos en partes iguales.
Separación de bienes: En este régimen cada uno será dueño de lo que haya adquirido. Cuando alguno de los dos se haya dedicado al cuidado del hogar y de los hijos, este tiene la posibilidad de solicitar una compensación de hasta el 50% de los bienes, este porcentaje lo fijará el juez.
La repartición de los bienes durante el divorcio, en ambos regímenes patrimoniales se puede facilitar si previo a contraer matrimonio ambos determinan de forma específica, a través de las capitulaciones matrimoniales (contrato prenupcial), que bienes son de cada uno.
Si hay hijos, ¿qué pasa con la pensión alimenticia?
Si se tienen hijos, existe la obligación de ambos padres de dar pensión alimenticia, siempre y cuando estos sean menores de edad o estén estudiando en un nivel educativo acorde a su edad, sin incluir posgrados.
La responsabilidad de pagar esta pensión termina cuando los hijos adquieren una profesión o un oficio, o bien empiezan a trabajar.
¿La patria potestad o custodia pueden decidirla los mismos padres si llegan a un acuerdo?
La patria potestad no es igual a la custodia.
La patria potestad es la relación que existe entre los hijos con los padres, y no se pierde a menos de que así lo decida un Juez, en casos específicos como la violencia familiar.
La guardia y custodia implica con quien ha de vivir de forma permanente el menor, el otro padre tendrá derecho a un régimen de visitas. Al momento de la separación los cónyuges tienen la posibilidad de decidir quién tiene la guardia y custodia y quien derecho a visitas. Si este acuerdo no es posible un Juez de lo Familiar lo determinará.
¿Quién decide quién le da cuánto a quién?
El monto se podrá fijar de común acuerdo al momento de la separación.
Si este acuerdo no se logra, el juez fijará el monto de la pensión alimenticia de acuerdo a las necesidades de los hijos y la capacidad económica de quien deba de pagar.
La pensión alimenticia, por regla general y sin importar el sexo, la debe de pagar el cónyuge que no tenga la guarda y custodia; esto en el entendido de que aquel cónyuge que tiene la guardia y custodia, vive con los hijos por lo que también aporta una cantidad de dinero para el sustento de ellos.
¿Puede ser que la mujer le dé pensión al hombre?
Si, en la actualidad cualquiera de los cónyuges que se haya dedicado al hogar o al cuidado de los hijos como actividad principal tiene derecho a recibir una pensión sin importar el género.
¿Para qué debe de utilizarse esa pensión?
La pensión alimenticia incluye vivienda, alimentación, educación, gastos de salud, esparcimiento, vestimenta y todo aquel gasto a lo que estaba acostumbrada la familia antes de la disolución del matrimonio.
Si no tienen hijos, ¿se puede pedir pensión?
Si, sólo en el caso de que alguno de los dos no trabaje y se haya dedicado principalmente al hogar. Esta obligación termina si el cónyuge que recibe la pensión consigue trabajo o vuelve a contraer matrimonio.
¿Cómo es el divorcio express o por acuerdo mutuo?
El divorcio se puede tramitar de dos formas, una es por la vía administrativa ante un oficial del registro civil, y la otra es de forma judicial, que se tramita ante un Juez Familiar.
La vía administrativa solo se puede llevar a cabo por mutuo acuerdo cuando no existe ningún conflicto entre los cónyuges, no hay hijos menores de edad y no existe obligación de dar alimentos.
Por la vía judicial, se tramita el divorcio sin expresión de causa, que se conoce de forma popular como divorcio express.
¿Qué pasa cuando uno se quiere divorciar y el otro no?
Basta con que uno de los cónyuges ya no desee seguir casado para tramitar el divorcio sin que la voluntad del otro afecte esta decisión.
Si tengo seguro/servicio médico ¿qué pasa cuando me divorcio?
Si existe la obligación de pagar pensión alimenticia, el seguro está incluido, de lo contrario cada uno tendrá que pagar sus servicios médicos.
¿Qué es la demanda por “pérdida de tiempo”?
Existe la falsa idea de que se puede demandar una especie de indemnización por el tiempo dedicado en un noviazgo que no concluye en matrimonio, sin embargo, esta situación no está prevista en nuestro derecho.
En resumen, el divorcio constituye un fenómeno social y demográfico que da cuenta, de manera especial, de las transiciones familiares; se caracteriza por ser complejo y heterogéneo, mostrando en México una tendencia creciente, en especial en algunas entidades del país, entre las que destacan el Estado de México, la Ciudad de México, Nuevo León, Chihuahua y Colima.
Aún cuando el país no presenta en promedio los niveles mostrados por otros países, entre los que destacan los del continente europeo y América del Norte, si presenta un aumento acelerado, especialmente durante las últimas décadas, evidente tanto en el aumento de divorcios y separaciones como en la disminución de matrimonios, en especial en las entidades mencionadas.